Un edificio en etapa de construcción, éste se encuentra bajo la guarda de quien está a cargo de la ejecución de los trabajos y tiene el mismo alcance que la responsabilidad del dueño, por lo que tanto el contratista o el director de obra son quienes deben responder en su calidad de guardianes de la cosa, por los daños que ella cause a los propietarios linderos.
Si el daño se ha producido por una cosa de propiedad del dueño de la obra, éste es responsable.
Salvo en obras muy pequeñas, o ejecutadas por administración del propietario, las tareas de dirección de obra y de constructor no pueden ser ejercidas por el mismo profesional, ya que se trata de responsabilidades incompatibles. Cada uno de los profesionales tiene, frente a terceros, responsabilidades que derivan de sus obligaciones como participantes en el emprendimiento.