Colucci

Daños efectuados por obras vecinas

Un edificio en etapa de construcción, éste se encuentra bajo la guarda de quien está a cargo de la ejecución de los trabajos y  tiene el mismo alcance que la responsabilidad del dueño, por lo que tanto el contratista o el director de obra son quienes deben responder en su calidad de guardianes de la cosa, por los daños que ella cause a los propietarios linderos.

Si el daño se ha producido por una cosa de propiedad del dueño de la obra, éste es responsable.

Salvo en obras muy pequeñas, o ejecutadas por administración del propietario, las tareas de dirección de obra y de constructor no pueden ser ejercidas por el mismo profesional, ya que se trata de responsabilidades incompatibles. Cada uno de los profesionales tiene, frente a terceros, responsabilidades que derivan de sus obligaciones como participantes en el emprendimiento.

Te ofrecemos una consulta presencial o virtual sin cargo.

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